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DONATARIAS
Con la posible reforma a los artículos 79, fracción XXVI, 80 y 82-Quater de la Ley del Impuesto sobre la Renta, las asociaciones civiles autorizadas para recibir donativos deducibles tendrán que observar una nueva obligación en torno al remanente distribuible, asimismo se establece un artículo que señala causas específicas de revocación de la autorización para recibir donativos deducibles.
· Las asociaciones civiles autorizadas para recibir donativos considerarán remanente distribuible los préstamos que hagan a sus socios o integrantes o a los cónyuges, ascendientes o descendientes en línea recta de dichos socios o integrantes.
· Son causas de revocación de la autorización para recibir donativos deducibles:
1. Si el o los representantes legales, socios o asociados o cualquier integrante del Consejo Directivo o de Administración de una organización civil o fideicomiso que haya sido revocada su autorización dentro de los últimos cinco años, forman parte de las organizaciones.
2. Destinar su activo para fines distintos del objeto social por el que obtuvieron la autorización correspondiente.
3. No expedir el comprobante fiscal que amparó los donativos recibidos o expedir comprobantes fiscales de donativos deducibles para amparar cualquier otra operación distinta a la donación.
4. Cuando la autoridad fiscal conozca la actualización de cualquier hecho que constituya incumplimiento a las obligaciones o requisitos que establecen las disposiciones fiscales a cargo de las donatarias
5. Estar incluidos en la lista definitiva a que se refiere el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, es decir, empresas que facturan operaciones inexistentes.
6. Obtener ingresos por actividades distintas a los fines para los que la asociación fue autorizada para recibir donativos, en un porcentaje mayor al 50% del total de los ingresos del ejercicio fiscal.
· Por las causas de revocación numeradas del 1 al 5 se puede conseguir nuevamente una autorización, sin embargo, por la última causal de revocación no se podrá conseguir nuevamente una autorización y se tendrá que destinar todo el patrimonio a otra donataria autorizada para recibir donativos deducibles.
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