REFORMA EN MATERIA DE SUBCONTRATACIÓN CON EJEMPLOS CONCRETOS

Con relación al FLASH REFORMA SUBCONTRATACIÓN – “INICIATIVA DE REFORMA AL RÉGIMEN DE SUBCONTRATACIÓN”, publicado el pasado 13 de Noviembre, en el que se explica la iniciativa de ley propuesta por el Ejecutivo Federal que busca eliminar la figura de subcontratación de personal -aquella por la cual una persona pone trabajadores propios a disposición y beneficio de otra, por lo que esquemas como el insourcing tampoco estarán permitidos.
A pesar de que el proyecto busca eliminar la subcontratación, queda abierta la posibilidad de contratar servicios especializados o la realización de obras especializadas, siempre que las actividades sean diferentes al objeto social o actividad económica del contratante, para lo cual este deberá asegurarse de que el prestador de servicios especializados cuente con autorización de la Secretaría de Trabajo, en caso de lo contrario, podrá ser sujeto a multas por parte de la misma dependencia, imposibilidad de hacer deducibles esos gastos, o hacer acreditable el impuesto correspondiente. Asimismo, en caso de que exista algún incumplimiento de las obligaciones patronales por parte del prestador de servicios, el contratante será obligado solidario del cumplimiento de estas.
A continuación, se mencionan algunos ejemplos de servicios que a criterio del Servicio de Administración Tributaria SAT, se podrán contratar y ser considerados como subcontratación.
· Servicios de limpieza (Sin incluir salarios).
· Mantenimiento de equipos de cómputo o tecnológicos donde se disponga personal a disposición de quien lleve a cabo dicha labor.
· Servicios de transporte de personal y de contratación de sus operadores. (Sin incluir plataformas tecnológicas)
· Servicios de seguridad.
· Servicio de Meseros y de manejo de alimentos para empleados contratados con persona diversa.
En sentido contrario algunos servicios que no serán considerados bajo el posible nuevo esquema de subcontratación serán:
· Servicios de contadores o abogados aún si el personal del despacho realiza funciones en las instalaciones del contratante.
· En caso de contratar a socios o agremiados de sindicatos de actores, intérpretes o músicos.
· Por servicios de transporte de personas o alimentos preparados a través de plataformas electrónicas.
· Servicio de autotransporte terrestre de carga de bienes.
· Servicios de Construcción a precio alzado o llave en mano.
· Servicio de Agente o Agencia Aduanales
· Contratación de servicios de comedor con sus propios meseros, sirve alimentos a los empleados del contratante.
· Servicio de mantenimiento preventivo de vehículos
Es importante señalar que todo lo anterior tendrá aplicación a partir de la entrada en vigor de las reformas propuestas, en caso de aprobarse sin modificación alguna, cualquier cambio en el anteproyecto podría cambiar la información del presente documento.